MADRID, 18 (SERVIMEDIA)

El ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, ha firmado la resolución por la que designa a Carlos Alberdi comisionado para la conmemoración del 50º aniversario de la muerte de Pablo Picasso. Su designación se produce tras el reciente fallecimiento del exministro y gestor cultural, José Guirao.

Según establece el Real Decreto 245/2021, de 6 de abril, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para dicha conmemoración, órgano colegiado interministerial de la Administración General del Estado para preparar y planificar los actos, la designación debe producirse entre personas de reconocido prestigio y experiencia profesional en el ámbito de actuación de dicha comisión, según informó Cultura.

En este caso, se ha tenido en especial consideración los méritos relacionados con la trayectoria profesional de Alberdi en el campo de la gestión cultural en instituciones vinculadas al arte contemporáneo, a las letras y la cooperación internacional, así como responsabilidades de gobierno en el campo de la cultura.

ALBERDI

Carlos Alberdi (Madrid, 1956) es licenciado en Geografía e Historia. Comenzó su carrera en gestión cultural en la Residencia de Estudiantes de Madrid, donde permaneció entre 1986 y 1990.

Posteriormente, dirigió el Centro Cultural de España en Buenos Aires. Se incorporó en 2002 al equipo de La Casa Encendida de la Fundación Montemadrid, ocupando el puesto coordinador del Área de Cultura.

Fue nombrado en 2004 director general de Cooperación y Comunicación Cultural del Ministerio de Cultura, puesto que ocupó hasta 2008. Tras aquella etapa, fue director de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) desde 2009 hasta 2012; y, más adelante, director de Cultura de la Biblioteca Nacional de España. En 2018, ocupó el cargo de director del gabinete del ministro de Cultura y Deporte, durante el mandato de José Guirao.

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El desempeño de las funciones del Comisionado tendrá carácter honorífico y no retribuido, sin perjuicio de la compensación o resarcimiento por los gastos de viaje, estancias y traslados que ocasione el desempeño de sus funciones.